PROPOSICIÓN NO DE LEY
Sobre la aplicación del Acuerdo Transatlántico de Comercio e Inversión (TTIP) en la Comunidad de Madrid.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
En 2013, la Comisión Europea recibió el mandato de los Estados miembros de la Unión Europea (UE) de negociar con los Estados Unidos (EEUU) el Acuerdo Transatlántico de Comercio e Inversiones (ATCI, más conocido como TTIP por sus siglas en inglés), también conocido como Acuerdo Transatlántico de Libre Comercio (TAFTA), con el fin de incrementar el comercio entre la UE y EEUU, reduciendo las barreras no arancelarias, y presuntamente con el objetivo de conseguir crear empleo, crecimiento económico y mejora del bienestar colectivo.
Desde entonces, la UE y EEUU han negociado de espaldas a la ciudadanía un amplio acuerdo de liberalización del comercio de productos, servicios e inversiones, que representa un serio peligro para la protección de los derechos laborales, medioambientales y de salud, anteponiendo el interés comercial de los inversores y empresas transnacionales (ETN) al interés general. La negociación de dicho acuerdo está contando con la participación directa e indirecta de las ETN y sus representantes correspondientes. Sin embargo, la información relativa al desarrollo de las negociaciones del Tratado con la que cuenta el Parlamento Europeo y las organizaciones sociales, mantiene un acceso restringido para los propios europarlamentarios y las negociaciones apenas están contando con representantes de la Sociedad Civil.
Los Gobiernos de los estados miembros de la UE, y concretamente en nuestro país los Gobiernos autonómicos, tienen el derecho a ser informados sobre el desarrollo de las negociaciones, y los cambios legislativos que pueden ser acordados a nivel europeo para posicionarse sobre ellos, ya que el resultado de dichas negociaciones tendrá implicaciones muy importantes sobre las competencias autonómicas. Este derecho ha sido obviado hasta la fecha.
EEUU y la UE intentan incluir en el TTIP medidas de protección de los inversores que impactan directamente contra el principio de soberanía nacional, imponiendo modelos de arbitraje y resolución de conflictos que equiparan al Estado y sus Administraciones con las Empresas Trasnacionales (ETN). Un comité de arbitraje será quien se encargue de resolverlos, el denominado “Investor-to-State Dispute Settlement” (ISDS). Esta comisión tendría competencia para establecer compensaciones económicas a los inversores cuando estos puedan demostrar que la aplicación y desarrollo de ciertas medidas legislativas o políticas concretas afectan a sus intereses privados o pueden reducir los beneficios futuros de la compañía. La Administración correspondiente puede recurrir judicialmente la decisión y le pueden dar la razón, pero le va a suponer unos costes procesales muy elevados. Además, las decisiones de los órganos de arbitraje son firmes y no pueden ser apeladas, situándose así a un nivel superior a la legislación nacional. La producción normativa presente o futura sobre cuestiones tan importantes para las comunidades autónomas como son el control del fracking, el control de precios y acceso a los medicamentos, la protección de trabajadores y consumidores o la seguridad alimentaria, y medioambiental, pueden ser demandadas por las ETN a través de este comité ISDS.
Por otra parte, uno de los objetivos básicos del TTIP es la liberalización total de los servicios públicos y la apertura de la prestación de los mismos a las ETN, así como a las compras y licitaciones de bienes y servicios de las Administraciones Públicas. Esto pone en peligro los servicios y las contrataciones públicas, en todos los niveles administrativos, así como la capacidad y el margen de maniobra real de los representantes públicos democráticamente elegidos para administrar las entidades y desarrollar las políticas autonómicas y locales de acuerdo al interés general.
En lo que se refiere a la contratación pública, el objetivo que se pretende con el TTIP es mantener el Acuerdo de Contratación Pública (GPA) de la Organización Mundial del Comercio (WTO) hasta crear un nuevo acuerdo que mejore las condiciones para las ETN. Mientras, el GPA está siendo utilizado por la Comisión Europea como justificación para reducir las garantías en la ley de la contratación pública. En este sentido, entendemos que todo nuevo acuerdo referente a la contratación pública debe ir dirigido a aumentar las garantías y no a reducirlas: cualquier negociación de un nuevo acuerdo no debe poner en peligro los aspectos progresivos de la ley de contratación pública de la UE.
Los intereses estratégicos y comerciales de las ETN no deberían ser los únicos criterios para determinar acuerdos comerciales internacionales como el TTIP, ni se deben imponer por encima de cualquier otra consideración económica, social, ambiental o sanitaria, ignorando la legislación comunitaria, nacional, autonómica o municipal. Asimismo, los aspectos relacionados con la protección de los trabajadores, los consumidores, la seguridad alimentaria y la protección del medio ambiente tienen que ser considerados en cualquier negociación comercial bilateral.
Por todo lo expuesto anteriormente, desde el Grupo Parlamentario Podemos Comunidad de Madrid formulamos la siguiente:
PROPOSICIÓN NO DE LEY
La Asamblea de Madrid, insta al Gobierno de la Comunidad de Madrid a:
1.- Declarar que la Comunidad de Madrid se opone a la negociación y firma del Acuerdo Transatlántico de Comercio e Inversiones (TTIP), y no acepta ni sus principios, ni sus objetivos, ni los procedimientos de negociación, y está comprometida en la defensa de los servicios públicos básicos para mantener la cohesión y la redistribución social.
2.- Solicitar al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas del Gobierno de España su apoyo a todas las iniciativas dirigidas a mantener el carácter público de los llamados servicios sociales útiles.
3.- Solicitar al Ministerio de Economía del Gobierno de España la suspensión de las negociaciones del TTIP y otros acuerdos comerciales similares, con la finalidad de conseguir:
- Que mecanismos como el ISDS (Investor-to-State Dispute Settlement) no sean incluidos en éste ni ningún otro Tratado.
- La defensa de la actual política reguladora de la UE y de sus Estados, de manera que no se pierdan competencias en materia de legislación social, protección al consumidor y el medio ambiente; y defender el principio básico democrático de soberanía e independencia nacional, salvaguardando todas las competencias de un Estado soberano y de su voluntad popular.
- Que este y otros Tratados comerciales no se limiten a los objetivos meramente económicos y se dé la misma importancia en los mismos a los objetivos sociales y ambientales.
- Que los servicios públicos y la propiedad intelectual sean excluidos del acuerdo.
- e) Que termine la actual falta de transparencia de las negociaciones, se haga pública toda la información y se abra un debate público y democrático en España y en el conjunto de la UE y sus respectivos Parlamentos nacionales y regionales; y, puesto que los postulados del TTIP afectarán directamente a cuestiones vitales de la población, se someta el TTIP a un referéndum vinculante en todo el territorio del Estado.