EQUO continúa analizando los aspectos jurídicos de la sentencia del Tribunal Supremo (TS) del pasado 18 de julio que anula la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) y la Autorización Ambiental Integrada (AAI) que en 2013 el PP autonómico dio a la cementera Porland en Morata de Tajuña. La formación verde está estudiando la posibilidad de que la revisión de la AAI que, según desveló ayer, aprobó la Comunidad de Madrid tan solo un mes antes, en junio de este año (y publicó en el BOCM el 4 de julio), haya sido anulada también por dicha sentencia.
Esta AAI de junio modifica la AAI de la cementera de Portland Valderrivas en Morata de Tajuña. En declaraciones ayer del Portavoz del Gobierno autonómico del PP para EFE, Garrido sostiene que la revisión se ha hecho “porque tocaba” y que no tiene que ver con el recurso de vecinos y Ecologistas ante el Supremo.
El riesgo para la salud continua
Es cierto que, tanto el Real Decreto 815/2013 de emisiones industriales, como el Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación, obligan a revisar y adaptar, en el plazo de 4 años, algunos de los condicionantes a la Decisión de la CE de 26 de marzo de 2013 sobre las Mejores Técnicas Disponibles (MTD) para el sector de fabricación del cemento. Sin embargo, EQUO ha informado a la ciudadanía de los últimos actos jurídicos emanados de las instituciones: revisión de la autorización (poder ejecutivo) y sentencia (poder judicial). Y sostiene que esa revisión no subsana los defectos que ha encontrado el Tribunal Supremo (TS) en la DIA y AAI de 2013 y que le han llevado a declarar por sentencia firme la no conformidad a derecho y la nulidad de dicha autorización.
Esto es así, entre otras cosas porque la revisión de la AAI de junio de 2017 no ha implicado la realización de Evaluación de Impacto Ambiental (EIA), ya que ha sido realizada para el conjunto de la instalación y no sólo para la modificación sustancial que comporta la intención de utilizar residuos como combustible.
A pesar de que la cementera mantiene su actividad, Equo entiende que la sentencia del TS obligará a iniciar un nuevo procedimiento de autorización que puede dar lugar o no a una nueva AAI, pero que en cualquier caso tiene que respetar los requisitos formales que ha establecido el TS respecto de las fases del procedimiento administrativo, de la participación pública y de la publicación de la DIA y la AAI.
EQUO Madrid alerta a la población más cercana y a la autonómica en general de que, mientras Portland siga co-incinerando residuos, persiste el riesgo para la salud, asociado a la emisión de sustancias contaminantes como las dioxinas. Así se pone de manifiesto en el trabajo de investigación ‘La mortalidad por cáncer en ciudades situadas en las proximidades de incineradoras e instalaciones para la recuperación o eliminación de residuos peligrosos”, publicado en 2013, por el Instituto de Salud Carlos III.