El Ayuntamiento se escuda, por escrito, ante el co-portavoz de EQUO Madrid, Ramón Linaza, alegando que es el propio Tribunal que dicta la sentencia el que debe imponer la forma de ejecutar ésta
El co-portavoz de EQUO Madrid, Ramón Linaza, advierte de que la supuesta “legalización” del Campo de Golf del Canal, en Chamberí, está “plagado de graves irregularidades”, y que ahora se prosigue con artificios semánticos, dado que la Asamblea de Madrid justificó que, “para cumplir la legalidad se tramitaría un plan especial de infraestructuras que, de acuerdo con el interés general, venga a ajustarse a la legalidad urbanística». EQUO Madrid recuerda que, tanto el Tribunal Supremo como el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en 2010, sentenciaron que el campo de golf no cumplía las condiciones de interés general. “A pesar de ello, la Comunidad de Madrid ha decidido tirar por el camino de en medio, y obviar el sentido básico de las sentencias”, asegura el co-portavoz.
Linaza, que se dirigió por escrito al Área de Gobierno y Urbanismo y Vivienda del Ayuntamiento de Madrid (ver en enlace), el pasado mes de junio, solicitando que se procediera a “reestablecer la legalidad en los terrenos del tercer depósito, siguiendo los procedimientos, establecidos en los artículos 193 y siguientes de la Ley 9/2001 de 17 de julio del Suelo de la Comunidad de Madrid, y en concreto de conformidad de los establecido en el artículo del citado texto legal”. Sin embargo, “la respuesta obtenida fue en el mismo sentido que la ejecución del proyecto, es decir, con juegos semánticos”, señala el portavoz. “El ayuntamiento se escuda alegando que no está obligado a cumplir la sentencia, sino que es el propio Tribunal que dicta la sentencia el que debe imponer la forma de ejecutar ésta…”, explica.
Un parque público
Ante esta estas irregularidades, EQUO Madrid exige que el Canal de Isabel II transforme las instalaciones destinadas al golf en un parque público, tal como se acordó en el convenio firmado en 2002, entre el CYII y el Ayuntamiento de Madrid.
Por otro lado, pide la anulación del contrato de adjudicación a Proingest Management Asociados SL, por considerarlo nulo.